Publicado 29/02/2024 09:37

MÉXICO.-Fallo sobre LIE evitó lío trilateral.- Corte

Archivo - Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México (SCJN)
Archivo - Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México (SCJN) - CAMILO FREEDMAN / ZUMA PRESS / CONTACTOPHOTO

CIUDAD DE MÉXICO 29 Feb. (Agencia Reforma) -

La Suprema Corte de Justicia afirmó ayer que México evitó un panel de controversia comercial con Estados Unidos y Canadá, gracias a la sentencia que dictó el pasado 31 de enero, en la que declaró inconstitucional y ordenó dejar de aplicar la reforma de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

Dicha reforma fue diseñada por el Gobierno para favorecer a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre los generadores privados, y había sido motivo de reclamos constantes y de una consulta formal, por parte de los socios comerciales en el marco del TMEC.

Pese a este resultado, la bancada de Morena en la Cámara de Diputados busca iniciar un juicio político contra el Ministro Alberto Pérez Dayán, cuyo voto de calidad como Presidente de la Segunda Sala de la Corte ante tácticas dilatorias de la Secretaría de Energía (Sener) permitió romper un empate y conceder el amparo.

El martes pasado, la Secretaria de Economía, Raquel Buenrostro, dijo en conferencia de prensa que "recientemente, la Suprema Corte derogó" esta reforma, lo que había dejado sin efectos la controversia con Estados Unidos y Canadá.

En una tarjeta informativa, la Corte explicó ayer que el amparo votado por la Segunda Sala no sólo tuvo efectos para las empresas privadas que lo promovieron, sino para todas las participantes en el mercado eléctrico mayorista, aunque técnicamente no fue una derogación.

"Una de las implicaciones de esa decisión impactó de manera decisiva en la controversia que tanto Estados Unidos como Canadá habían presentado, en el marco del TMEC, contra México por la política del Gobierno en el sector", afirmó la Corte.

"Es decir, la inconstitucionalidad declarada dejó sin materias las consultas que, en el Panel de Energía, formularon esos países en julio de 2022; lo que se traduce en que se evitó para México una condena económica de grandes dimensiones y el fin del asunto en el tema energético", agregó.

La reforma a la LIE, que ordenaba despacho preferente para centrales de generación de la CFE y eliminaba las subastas para compra de energía, entre otras medidas, estuvo suspendida desde su publicación, por los cientos de amparos que promovieron empresas privadas.

En abril de 2022, el Pleno de la Corte solo tuvo siete de los ocho votos necesarios para invalidar la reforma con efectos generales, pero los amparos no requieren mayoría calificada y bastan tres votos en una de las Salas para concederlos.

Antes de la sesión del 31 de enero, la Sener planteó el impedimento del Ministro Javier Láynez, quien iba a integrar la mayoría con Pérez Dayán y Luis María Aguilar para conceder el amparo.

Ante esta maniobra, el propio Láynez se excusó de conocer del asunto, y Pérez Dayán aplicó voto de calidad con base en el artículo 56 de la Ley de Amparo.