Publicado 22/10/2026 03:08

Abierto juicio oral a un policía de Santander por accesos a VioGén sobre una víctima que no protegía

La fiscalía solicita cuatro años y medio de prisión para él y el juez declara responsable civil subsidiario al Ayuntamiento

Archivo - Complejo judicial Salesas en Santander. Audiencia Provincial. Tribunales de Justicia. TSJC
Archivo - Complejo judicial Salesas en Santander. Audiencia Provincial. Tribunales de Justicia. TSJC - EUROPA PRESS - Archivo

SANTANDER, 22 Oct. (EUROPA PRESS) -

El titular de la Plaza de Instrucción n.º 4 del Tribunal de Instancia de Santander ha abierto juicio oral a un policía local de la ciudad por acceder repetidamente al sistema VioGén para conocer el nivel de riesgo de una víctima a la que no protegía.

Según se desprende de las diligencias practicadas, recabada esa información, el investigado presuntamente se dirigió al agente de la Policía Nacional que sí tenía asignada la protección de la mujer para que rebajara el nivel que VioGén había determinado de medio a bajo.

Con este auto, recientemente notificado, el magistrado da un paso más hacia el enjuiciamiento del agente, una vez que tanto la fiscalía como la acusación particular que ejerce la mujer han formalizado sus acusaciones, ha informado este jueves el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Para el ministerio público, el acusado es autor de un delito contra la intimidad, merecedor de una pena de cuatro años y medio de prisión, diez años de inhabilitación absoluta y el pago de una indemnización de 3.000 euros por el daño moral causado.

Por su parte, la acusación particular pide tres años de prisión, 8.100 euros de multa, inhabilitación absoluta durante seis años y 6.000 euros de indemnización.

El auto declara competente a la Audiencia Provincial de Cantabria para el enjuiciamiento de este caso y emplaza a la representación legal del acusado para que presente su escrito de defensa.

Asimismo, acuerda que éste preste una fianza de 4.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran imponérsele, y declara al Ayuntamiento de Santander responsable civil subsidiario.

El Consistorio deberá comparecer en un plazo de diez días con abogado y procurador y tendrá asimismo que formular escrito de defensa en su nueva condición.

Según recogió el instructor en otra resolución --el auto que puso fin a la instrucción y transformó las diligencias en procedimiento abreviado-- existen indicios de que el agente de la Policía Local, destinado en la Oficina de Protección de Víctimas, presuntamente "abusando de su condición de funcionario con acceso al Sistema de Seguimiento Integral para Víctimas de Violencia de Género, accedió repetidamente a los datos almacenados en el sistema en relación a una mujer".

En concreto, el agente habría accedido a los datos relacionados con el nivel de riesgo -medio en aquel momento-, "pese a que el citado funcionario no tenía encomendada la protección de esa víctima y sí únicamente la de su agresor", ya que éste tenía la condición de víctima protegida a raíz de una denuncia que había presentado contra ella.

Señala el auto que entre el acusado y el presunto agresor existía "una relación personal, porque el segundo era arrendador del primero".

Tras acceder al sistema, recoge el auto que el acusado habría hablado con el funcionario del Cuerpo Nacional de Policía que estaba encargado de la protección de la mujer y habría conseguido "que se reevaluara el riesgo apreciado por el sistema" pasando a ser bajo.

En su auto, el magistrado rechazó la petición de sobreseimiento pedida por la defensa del agente y consideró que "el acceso al fichero no es delito, pero a los datos contenidos en el mismo sí", en concreto, a la valoración del riesgo que el sistema VioGén arrojaba.

A su juicio, "maniobrar para intentar rebajar el nivel de riesgo a una víctima a la que el funcionario policial no está protegiendo, porque la lleva otro cuerpo policial, tras acceder repetidamente al sistema VioGén en pos de ese dato, debe considerarse que colma las exigencias del tipo penal, al menos a priori, pues se accede a un dato protegido con la finalidad de perjudicar a su titular sin estar autorizado a ello".

La instrucción fue confirmada por la Audiencia, después de que el recurso de apelación contra el auto que transformó las diligencias en procedimiento abreviado y que fue promovido por el policía local acusado no prosperara.

Tras la firmeza de la decisión del magistrado, las acusaciones presentaron sus escritos y ahora es el instructor el que abre juicio oral, paso previo al enjuiciamiento del agente.

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