Publicado 27/11/2025 08:58

SCJN autoriza nulidad de juicios concluidos por fraude aunque la ley no lo permita, generando debate sobre cosa juzgada

SCJN autoriza nulidad de juicios concluidos por fraude aunque la ley no lo permita, generando debate sobre cosa juzgada
SCJN autoriza nulidad de juicios concluidos por fraude aunque la ley no lo permita, generando debate sobre cosa juzgada - Cedida

CIUDAD DE MÉXICO, 26 Nov (AGENCIA REFORMA)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acordó hoy permitir la reapertura de juicios totalmente concluidos, si se alega que el proceso fue "fraudulento", aun cuando la ley no lo permita expresamente.

Tres Ministras y dos Ministros votaron a favor de autorizar la figura de nulidad de juicio concluido en demandas mercantiles, pese a que el Código de Comercio no la contempla.

Apenas en marzo pasado, también por cinco votos contra cuatro, el Pleno de la anterior Corte había aprobado jurisprudencia en sentido contrario, aclarando que no puede activarse la nulidad de juicio concluido, si la ley que regula el proceso respectivo no lo permite.

"Yo sí quisiera lanzar una pregunta: si hay cosa juzgada cuando se llega a la cosa juzgada mediante fraude, mediante contubernio, mediante acciones ilícitas. Creo que es una pregunta válida. ¿Podríamos decir: hay cosa juzgada?, si nosotros mismos advertimos ciertos indicios o en algunos casos pruebas que hacen evidente que se llegó a la cosa juzgada mediante acuerdos, mediante acciones indebidas, yo creo que a eso nos estamos refiriendo quienes estamos en contra y a favor de abrir un poco más para revisar esas cuestiones donde hay cuestiones indiscutiblemente de actos indebidos", afirmó el Presidente Hugo Aguilar.

Los detalles del nuevo criterio quedarán para una discusión posterior, pues la Ministra Loretta Ortiz había presentado el proyecto con base la jurisprudencia vigente, y ahora tendrá que redactar uno nuevo.

No está claro, por ejemplo, si se podrían iniciar nulidades de juicio concluido en materias distintas a la civil o mercantil.

Además, para generar un precedente obligatorio que sustituya a la jurisprudencia se requieren seis votos, que todo indica no existirán, por lo que la sentencia quedaría como un criterio aislado.

Advierten por cosa juzgada

La decisión mayoritaria provocó fuertes advertencias de la minoría, por la evidente afectación al principio de cosa juzgada.

"Un pilar de la convivencia social es la cosa juzgada que, en síntesis, representa el respeto a los fallos de los tribunales y la certeza, además, esto es más relevante aún, la certeza que deben de tener los justiciables. Permitir que la acción de nulidad de juicio concluido se vuelva una regla, una generalidad y no lo que es, trastocaría el sistema de justicia", afirmó Giovanni Figueroa.

"Mucho se ha criticado a esta Suprema Corte por atribuirse facultades que no tiene. Más preocupante debe ser que la propia Corte de Justicia invente instancias judiciales que ni siquiera el propio legislador consideró", agregó Yasmín Esquivel.

En la mayoría, Irving Espinosa puso como ejemplo el caso del Paraje San Juan, por el que primero se ordenó un pago de mil 810 millones de pesos al gobierno del entonces Distrito Federal, que terminó en sólo 60 millones.

"Se ha mencionado mucho lo del Paraje San Juan, pero quiero decirles, que si alguien sabe exactamente qué pasó, fui yo, porque fui la encargada de hacer la defensa de ese asunto y, desde luego, no se trató de ninguna nulidad de juicio concluido y se llegó a descubrir, en su momento, que no debía pagarse la cantidad que que se estaba señalando, nada más, no se hizo valer que había habido un fraude", replicó María Estela Ríos.

La discusión de hoy se da en el contexto de cuestionamientos a la Corte por abrir una consulta-aún pendiente-para aclarar si puede revisar ciertos fallos de las Salas de la anterior integración, y por haber atraído un asunto fiscal de la empresa FEMSA, siete días después de haberlo rechazado.

A favor de declarar que procede nulidad de juicio concluido aun si no lo permite la ley votaron Lenia Batres, Hugo Aguilar, Loretta Ortiz, Sara Herrerías e Irving Espinosa.

Y en contra de que proceda Yasmín Esquivel, María Estela Ríos, Arístides Guerrero y Giovanni Figueroa, quien aclaró que la Corte ni siquiera debió estudiar este recurso.

Contador

Contenido patrocinado