Publicado 01/12/2023 09:14

MÉXICO.-Aprieta Tribunal a 4T por niños con cáncer

Archivo - Médico con niño con cáncer. Oncólogo.
Archivo - Médico con niño con cáncer. Oncólogo. - FATCAMERA/ISTOCK - Archivo

CIUDAD DE MÉXICO, 1 Dic. (Agencia Reforma) -

Un tribunal federal ordenó en definitiva al Gobierno federal y sus autoridades sanitarias y hacendarias para que garanticen el abasto de medicamentos para niños con cáncer en lo que resta de 2023 y todo 2024.

El Vigésimo Primer Tribunal Colegiado Administrativo confirmó, en sentencia inapelable notificada el pasado 24 de noviembre, al amparo otorgado en 2022 a la Agrupación Mexicana de Oncohematología Pediátrica (AMOHP).

El amparo fue presentado en 2020, luego de que miembros de la AMOHP detectaron escasez de 37 medicamentos oncológicos pediátricos en 54 hospitales públicos.

"En el supuesto de que los medicamentos autorizados por el sector salud para el tratamiento de ese padecimiento no estén suministrados a los hospitales materia de cumplimiento, proporcione una lista de los faltantes y la periodicidad en que deben ser suministrados", ordena la sentencia.

"En caso de que existan faltantes en el suministro, (la Secretaría de Salud) deberá realizar todos los trámites para que sean proporcionados a los hospitales en que deberá cumplirse la sentencia de amparo", agrega.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) también quedó vinculada al cumplimiento del amparo, ya que era la responsable de las compras consolidadas de medicamentos en 2020, tarea que luego paso a la UNOPS de Naciones Unidas, al Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), y ahora está en manos de la Secretaría de Salud.

"La sentencia de amparo quedará debidamente cumplida, cuando se acredite puntualmente que está garantizada la contratación para el suministro de los medicamentos que prevé el cuadro básico del sector salud para el tratamiento oncológico contra el cáncer infantil en los hospitales materia del cumplimiento", explicó el tribunal.

El desacato a una sentencia de amparo puede llevar a la eventual destitución y consignación penal de los funcionarios responsables, que solo la Suprema Corte de Justicia puede ordenar.