Publicado 22/02/2024 09:30

MÉXICO.-Rechaza Corte revisar aborto en ocho estados

Archivo - Decenas de personas marchan en la manifestación por el Día de Acción Global por la despenalización del aborto, a 28 de septiembre de 2023, en Madrid (España).
Archivo - Decenas de personas marchan en la manifestación por el Día de Acción Global por la despenalización del aborto, a 28 de septiembre de 2023, en Madrid (España). - Matias Chiofalo - Europa Press - Archivo

CIUDAD DE MÉXICO 22 Feb. (Agencia Reforma) -

La Suprema Corte de Justicia rechazó ayer atraer amparos que buscan despenalizar el aborto en ocho estados.

Por tres votos contra dos, la Primera Sala de la Corte desechó un proyecto que aceptaba la solicitud del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) para reasumir su competencia originaria sobre los ocho litigios.

Los Ministros Alfredo Gutiérrez, Margarita Ríos-Farjat y Jorge Pardo votaron contra el proyecto de Juan Luis González Alcántara, que solo apoyó Loretta Ortiz.

Uno de los integrantes de la mayoría deberá presentar un nuevo proyecto, en fecha por definir.

En agosto de 2023, GIRE pidió a la Corte reasumir amparos que impugnan códigos de trece estados.

El proyecto rechazado ayer solo abarcaba amparos en Jalisco, Sonora, Tabasco, Michoacán, Chiapas, Querétaro, Tlaxcala y Campeche.

Que la Corte no intervenga por ahora, no quiere decir que los amparos serán negados, sino que los recursos respectivos se mantendrán en los tribunales colegiados de circuito de cada entidad.

Jurisprudencia de la propia Primera Sala obligaría a dichos tribunales a resolver el fondo de los amparos, donde ya también existe criterio del Pleno de la Corte en el sentido de que la penalización es inconstitucional.

El año pasado, la Sala concedió tres amparos contra normas que penalizan el aborto voluntario.

Dos de ellos, promovidos por GIRE, tuvieron el efecto de ordenar la derogación de los artículos de los códigos penales Federal y de Aguascalientes que sancionan el aborto en cualquier etapa de la gestación, medida que la Corte nunca había ordenado en una sentencia de amparo.

En el caso del Código Federal, el Congreso de la Unión ni siquiera ha iniciado el proceso para ejecutar el amparo.

El Código Federal, que en este tema no ha sido reformado desde 1931, aplica en hospitales del IMSS, ISSSTE, IMSS-Bienestar y demás instalaciones del gobierno federal.