Publicado 18/09/2025 09:55

Las acusaciones niegan que revisar los correos de Begoña Gómez vulnere su intimidad al ser "información institucional"

Archivo - La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, durante la comisión de investigación en la Asamblea de Madrid el pasado noviembre.
Archivo - La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, durante la comisión de investigación en la Asamblea de Madrid el pasado noviembre. - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

Se oponen al recurso que presentó Fiscalía contra la decisión del juez Peinado de ordenar a la UCO el análisis de los 'emails'

MADRID, 18 Sep. (EUROPA PRESS) -

Las acusaciones populares del 'caso Begoña Gómez' han respaldado la decisión del juez Juan Carlos Peinado de ordenar a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil el análisis de los correos electrónicos corporativos de la esposa del presidente del Gobierno al considerar que dicha medida no vulnera su intimidad porque se trata de "información institucional".

Así se han pronunciado en un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que muestran su oposición al recurso que presentó la Fiscalía contra la diligencia acordada por el instructor en el marco de la pieza en la que se investiga si se produjo un desvío de dinero público en la designación de Cristina Álvarez como asesora de Gómez en Moncloa y si dicha trabajadora realizó gestiones privadas para la esposa del jefe del Ejecutivo.

En concreto, el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid ordenó a los agentes de la UCO analizar los correos de la cuenta oficial de Presidencia de Begoña Gómez desde julio de 2018, cuando se acordó el nombramiento de Álvarez, hasta ahora.

Ante el argumento de la Fiscalía de que dicha medida podría afectar al derecho a la intimidad de Gómez, las acusaciones --lideradas por Hazte Oír-- insisten en que "las partes del procedimiento no van a tener acceso íntegro a todos los correos, sino que los mismos serán remitidos a la UCO para que haga el correspondiente informe, filtrando así los que nada tengan que ver con la presente causa y los delitos investigados".

Además, recuerdan que la doctrina constitucional admite que cuando el titular de una cuenta corporativa conoce o debió conocer que ésta está sometida a control institucional, carece de cualquier "expectativa razonable de privacidad".

En este sentido, las acusaciones consideran que Begoña Gómez "debió entender que sus correos institucionales, provistos para fines oficiales, podrían ser objeto de supervisión legal". "En consecuencia, el acceso a tales correos no constituye una intromisión inconstitucional en el ámbito íntimo; los contenidos excedentes (agenda, contactos profesionales, documentos de trabajo, etc.) son de naturaleza pública o profesional y no quedan amparados por el secreto de las comunicaciones", señalan.

Asimismo, defienden que en el caso de la esposa del presidente del Ejecutivo, ésta "ni ocupa cargo oficial alguno, ni trabaja para la Administración o el Gobierno", por lo que entiende que el acceso a su 'email' "no vulnera la intimidad".

"En definitiva, la providencia judicial no invade esfera reservada alguna: recoge información institucional de carácter oficial, sin expectativas protegidas de intimidad, lo cual hace lícita su obtención para la investigación", recalcan las acusaciones.

CONSIDERAN LA MEDIDA PROPORCIONAL Y NECESARIA

Al hilo, insisten en que la resolución de Peinado no es contraria ni a la doctrina del Tribunal Constitucional ni a la del Tribunal Supremo relativa a entornos digitales: "Es coherente con la permisividad de intervención judicial justificada en comunicaciones oficiales que evidencian delitos graves".

Para las acusaciones, la medida acordada por el juez instructor cumple el principio de idoneidad, dado que "está debidamente justificado el acceso para comprobar si los correos fueron utilizados para labores profesionales y/o laborales de la señora Gómez" y si "interviene en los mismos" Álvarez, "que no debe realizar tales labores profesionales y/o laborales, pues podrían colmar los tipos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios y/o malversación".

También consideran que se cumplen los principios de excepcionalidad y necesidad, al entender que no hay otra medida que permitiera acceder a dicha información, y con el principio de proporcionalidad, porque atiende al "interés público" al tratarse de "un correo pagado por la vía de los presupuestos generales".

En este punto, insisten en que "no existe medio alternativo igual de eficaz, objetivo y técnicamente idóneo para verificar el contenido, frecuencia y contexto de las comunicaciones electrónicas mantenidas entre los intervinientes". Según subraya, dicha información "no puede deducirse ni inferirse de declaraciones testificales, documentos parciales ni de otras fuentes indirectas".

"Únicamente el acceso directo a los correos electrónicos permitirá determinar con precisión la existencia de relaciones funcionales, la concertación de voluntades o eventuales pactos de contenido ilícito", reiteran.

De igual forma, las acusaciones descartan que la medida acordada por Peinado vulnere el "derecho al entorno digital" que señala Fiscalía. "Dicho precepto protege, ante todo, al trabajador en su ámbito laboral ordinario frente a abusos administrativos, pero no supone una barrera insuperable frente a una diligencia penal ordenada por juez con base en indicios objetivos", añaden.

Así las cosas, han pedido a la Audiencia Provincial de Madrid que desestime el recurso de apelación que presentó el Ministerio Público contra la decisión de Peinado.

TAMBIÉN APOYAN LA DECISIÓN DEL JUEZ DE IMPUTAR MALVERSACIÓN A ÁLVAREZ

Al margen, las acusaciones también han presentado un segundo escrito en el que muestran su oposición al recurso de apelación que interpuso la defensa de la asesora de Moncloa contra el auto por el que el instructor acordó imputarle un presunto delito de malversación.

En el escrito, al que también ha tenido acceso Europa Press, sostienen que la medida es pertinente, porque "existen indicios racionales de autoría o participación", y necesaria para "esclarecer si se malversaron medios personales/materiales públicos con fines privados".

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