Publicado 28/07/2026 11:54

El Constitucional polaco tumba la norma que permite reconocer matrimonios del mismo sexo en el extranjero

Tilda la normativa que permite expedir certificados como "inconstitucional" por reconocerse la heterosexualidad del matrimonio en la Constitución

Archivo - April 9, 2026, Warszawa, Warsaw, POLSKA: 09.04.2026 WARSZAWA.TRYBUNAL KONSTYTUCYJNY - CONSTITUTIONAL TRIBUNAL - WARSAW, POLAND.N/Z UCZESTNICY WYDARZENIA POLICJA.FOT GRZEGORZ KRZYZEWSKI / FOTONEWS/NEWSPIX.PL.
Archivo - April 9, 2026, Warszawa, Warsaw, POLSKA: 09.04.2026 WARSZAWA.TRYBUNAL KONSTYTUCYJNY - CONSTITUTIONAL TRIBUNAL - WARSAW, POLAND.N/Z UCZESTNICY WYDARZENIA POLICJA.FOT GRZEGORZ KRZYZEWSKI / FOTONEWS/NEWSPIX.PL. - Europa Press/Contacto/Grzegorz Krzyzewski / Fotone

MADRID, 28 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional de Polonia ha tumbado este martes la normativa que permite reconocer matrimonios del mismo sexo celebrados de forma legal en otros países miembro de la Unión Europea tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que obligaba al Estado polaco a expedir certificados a parejas que se hubieran casado en el extranjero.

El fallo del Constitucional --emitido por un panel de tres jueces presidido por el presidente de la corte, Bogdan Swieczkowski-- apunta a que la normativa aprobada por el Ministro de Digitalización para permitir el registro de estos matrimonios es "incompatible" con el artículo 18 de la Constitución de Polonia.

El juez Stanislaw Piotrowicz ha argumentado que "no es admisible que una norma de rango superior", en alusión a la Constitución, "exprese el principio de heterosexualidad del matrimonio" y, al mismo tiempo, que haya "una norma de rango inferior" que introduzca modificaciones para expedir certificados de matrimonios en el extranjero que no constituyen "uniones entre un hombre y una mujer".

"El reconocimiento por parte de las autoridades polacas de una unión de dos personas del mismo sexo en el extranjero como matrimonio tendría que implicar una enmienda a la propia Constitución, así como una enmienda a la legislación aplicable, principalmente el Código de Familia y la Ley de Registro Civil", ha zanjado, según ha recogido la agencia de noticias PAP.

La decisión se produce después de que el Tribunal Supremo Administrativo de Polonia dictaminara el pasado mes de marzo que deben reconocerse este tipo de matrimonios, si bien la normativa del Gobierno del primer ministro, Donald Tusk, fue impugnada por diputados del ultraconservador partido Ley y Justicia (PiS).

El caso se remonta a cuando dos ciudadanos polacos que se casaron en Alemania se les negó inscribirse en el registro como matrimonio, una batalla judicial que acabó escalando hasta el TJUE, que dictaminó que los Estados miembro están obligados a reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en otros países de la UE, incluso si la legislación nacional no permite dichas uniones.

El fallo determinó así que el Estado polaco había violado la Convención Europea de Derechos Humanos, en particular el artículo que consagra el respeto a la vida privada y familiar al no existir un "marco legal específico" que proteja las uniones homosexuales.

El TJUE, no obstante, aclaró que el fallo no implicaba que ese Estado deba contemplar el matrimonio entre dos personas del mismo sexo en su Derecho nacional. Polonia únicamente contempla el matrimonio entre un hombre y una mujer e incluso cuenta con un Código de Familia para reforzar el veto constitucional.

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